La concejal de la UCR de Villa Carlos Paz, Natalia Lenci, planteó en un extenso escrito "las razones por la cual como Concejal de la UCR no acompañe la aprobación del balance 2015 de la gestión municipal".
"Se basa en las todas las observaciones y que a continuación detallare, asegurándoles que si las mismas fueran serian realizada en una empresa privada ningún Auditor o Contable hubiera redactado en su informe de que el balance refleja razonablemente lo sucedido a nivel de gestión general porque pondría en riesgo su matrícula profesional", expresó.
INCUMPLIMIENTOS A LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL:
1. En cuanto al Artículo 82: El municipio planifica su gestión de manera anual y plurianual… A tal fin adopta el método de Presupuesto por programas y participativo
Es necesario destacar que la presentación realizada no puede ser considerada un Presupuesto Por Programas (PPP). Posiblemente se haya mejorado en lo que hace al formato de la presentación de las planillas analíticas de cada área de gestión municipal, pero la formulación de programas no se refiere a un formato sino a un sistema presupuestario que requiere de numerosos elementos que no están presentes.
El PPP ha tratado de superar las deficiencias del presupuesto tradicional, buscando en primer lugar proveer un instrumento de programación de las actividades del gobierno, que vincule los objetivos perseguidos en un esquema de planificación y, en segundo lugar, posibilitar el control de grado de cumplimiento de estos objetivos logrado con la acción del gobierno.
El PPP aparece integrado a un sistema de planificación que intenta conciliar los requerimientos sociales, los objetivos políticos y los instrumentos disponibles en el gobierno para satisfacer las necesidades públicas. Así, el PPP aparece integrado en un proceso más amplio y orgánico, denominado comúnmente Sistema de Programación y Planificación Presupuestaria (SPPP), constituyéndose en el subproducto, quizás el más importante, que permite instrumentar desde el punto de vista administrativo y financiero el plan del gobierno. El presupuesto por programa constituye un eslabón de una cadena de procesos que puede ejemplificarse en la siguiente secuencia: Diagnóstico; Necesidades; Prioridades; Objetivos de Gobierno; Metas; Identificación y Selección de Alternativas; Financiamiento; Programa Presupuestario; Ejecución; Evaluación; Diagnóstico
El programa presupuestario está ligado a metas (cuantificación de un objetivo del gobierno) y al resultado de una evaluación de todas las alternativas posibles para cumplir con la meta establecida para seleccionar la más conveniente.
En síntesis, el enfoque del PPP se caracteriza por los siguientes elementos:
• Se insiste en los productos (bienes) y no en los insumos. Los gastos se agrupan según los propósitos o metas.
• Se incorpora sistemáticamente el análisis beneficio – costo, o costo – eficacia- en el análisis de las alternativas a seleccionar.
• El plan financiero evalúa el proceso completo del programa, incluyendo los gastos de años anteriores, del ejercicio presente y a ejecutar en ejercicios futuros.
• Un programa presupuestario debe contener identificaciones y cuantificaciones acerca de los bienes a producir, los medios a utilizar, los costos estimados, y las asignaciones de erogaciones por medio de alguna clasificación de gastos, las metas a lograr, las vinculaciones con otros programas, y las unidades institucionales que deberán actuar coordinadamente en la ejecución del programa. Puede contener también los responsables de su cumplimiento y los mecanismos e indicadores para el posterior control de la eficacia en la ejecución del programa.
2. En referencia al Presupuesto participativo - Artículo 83 de la COM
Se infringe sistemáticamente todos los años el porcentaje de ejecución presupuestaria, en este ejercicio solo se ejecutó un 38% del Monto asignado por ordenanza 4950 y decreto 195/13
3. En cuanto al Artículo 94: Proyecto de presupuesto general el mismo debería incluir las Cuentas corrientes y de capital como lo establece el inciso 4 de dicho artículo.
Este informe, es una herramienta destinada a exponer los “resultados anuales” de la gestión de gobierno (o sea a nivel de ejecución). A través de este informe puede verse en su máximo nivel de agregación el universo de recursos, gastos y financiamiento. A modo de conclusión puede señalarse que, debido a sus características y flexibilidad, este esquema permite una vinculación más transparente y directa con los estados contables patrimoniales tradicionales. Resultando su estructura especialmente adecuada para analizar la gestión gubernamental desde una perspectiva financiera.
4. Articulo 97 Asignación del Crédito “Del total de recursos propios estimados, debe asignar, como mínimo, los porcentajes que a continuación se detallan destinándolos a cada una de las políticas especiales
Cultura 1%
Deporte y Recreación 2%
Personas con capacidades diferentes 0,5 %
Tercera edad 0,5%
Lucha contra la Pobreza 1%
El auditor de gestión en su informe del año 2014 plantea las Asignaciones Teóricas y recomienda que se cumplan estrictamente los mínimos ya que en algunos la ejecución era menor. Y si yo tomo las asignaciones teóricas que informo el auditor en el año 2014 que son inferiores a las que se del 2015 (para ser más generosa con el análisis) me encuentro con que esta recomendación tampoco se ha tenido en cuenta para la ejecución presupuestaria 2015 ya que no se ha ejecutado los montos para estas políticas especiales.
Por ejemplo, la asignación teórica para Cultura en del año 2014 era de $ 2.455.169,98 y se ejecutó en el año 2015 $936.870,19 o sea 38% de lo que sería a asignación del 1% de los recursos.
Deporte y Recreación la asignación teórica del año 2014 era de $ 4.910.339,96 y en el 2015 se ejecutó un 32,7%.
En discapacidad y 3ra edad sucede lo mismo se ejecutó un 32%.
Si bien la carta orgánica asigna mínimos y no habla de la ejecución es al menos reprochable tan baja ejecución más aun cuando el municipio se jacta de tener superávit. Por lo tanto, no hay justificación válida para no haber ejecutado el 100% de las partidas establecidas en el artículo 97.
5. Articulo 100 y 101. Cierre de Cuentas y Gastos devengados tampoco se respeta lo establecido en la carta orgánica y se siguen rigiendo por ordenanzas 1511 y 5089. En referencia a este punto he presentado un proyecto de ordenanza donde en concordancia a las recomendaciones del Auditor de gestión buscaba cumplimentar con lo dispuesto en la Carta Orgánica Municipal a lo que el bloque de concejales de Carlos Paz Unido desestimo con su voto.
Es contradictorio el discurso respetuoso y defensor de la Carta Orgánica con las acciones concretas luego llevadas a cabo.
EN CUANTO A LOS INGRESOS
Es realmente preocupante que el esfuerzo Per cápita ajustado por inflación sea casi 50% superior en cuatro años. (Recursos Propios ajustados por Inflación/Población estimada)
Siendo el esfuerzo Per cápita $1.253,65 en el año 2012 paso $1.873,73 en 2015, en términos absolutos (ajustado por inflación) a los vecinos se incrementó el esfuerzo per cápita $620,11. más que la inflación.
Para ser más clara hoy el esfuerzo per capita es de $ 3775,66 pero si solo se hubiese aplicado los índices de inflación el esfuerzo per cápita debería ser $2824,71
Cuando analizamos año 2015 que el esfuerzo per Cápita fue de $ 3775,66 y el gasto per cápita de $ 2357,02 en términos porcentuales el municipio gasto un 62% del esfuerzo per cápita y me pregunto que hace con el restante 37%? ¿Ponen el dinero a plazo fijo? Creo que no se entiende cual es la finalidad del municipio, que tener dinero ocioso cuando tenemos cosas básicas como pavimento, calles destruidas, cloacas, gas etc., sin resolver es arbitrario.
El problema no son los recursos sino como se utilizan, el presupuesto es una herramienta de planificación y control. El municipio recauda y gasta sin una noción clara para que. Se perdió la capacidad de brindar servicios incrementales en el tiempo a los vecinos
EN CUANTO A LA DEUDA
Si bien la deuda corriente se ha mantenido en porcentajes similares desde el año 2011 hasta la fecha habiendo una variación mínima del 1%
Quisiera manifestar mi total desacuerdo a la acción arbitraria del gobierno en no cumplir con el pago de la deuda por la compra de los terrenos del ejército. Teniendo superávit considero una irresponsabilidad el no pago del mismo, quisiera saber cuánto nos va a salir a los carlospacenses de intereses por pago con más de cuatro años de mora.
EN CUANTO A LOS FONDOS ESPECÍFICOS
$ 51.084.356,90 de pesos son los fondos acumulados aportados por los vecinos sin utilización que se encuentran inmovilizados perdiendo valor frente a la inflación.
Se perdieron alrededor de 33 millones de pesos para ejecutar obras, lamento que el auditor de gestión no se preocupe por mostrar estos indicadores. Que demuestra la ineficiencia e ineficacia en la utilización de recursos-
La excusa del gobierno es decir que en una parte de esos $ 33.000.000 no se perdió porque han puesto dinero en plazo fijo, pero los intereses del dinero a plazo fijo, se utiliza para rentas generales y no para las obras y servicios que aportaron los vecinos.
CON RESPECTO A LOS CRITERIOS DE IMPUTACIÓN Y EXPOSICIÓN DE LA INFORMACIÓN
La información contable debe ser
• Útil
• Pertinente
• Confiable
• Integra
• Cierta
• Racional
• Precisa
• Objetiva
• Verificable
• Clara
• Comparable
• Productiva
• Oportuna
La Dirección de Administración y Presupuesto modifica los criterios de imputación sobre las partidas de personal durante el 2014 y lo vuelve a cambiar en el año 2015 sin comunicar a través de notas estos cambios.
Por un lado, se afectan los principios de la información que debe ser comparable, confiable, uniforme, verificable entre otras.
Por otro lado, se aplican criterios en contraposición de los criterios establecido en nuestra COM la que por jerarquía de leyes debería regir como criterio rector y que se encuentra en sintonía con las recomendaciones técnicas del Concejo de Ciencias Económicas y con las normas internacionales de contabilidad pública.
Por lo expuesto coincidentemente con el Tribuno de cuentas Dr. Viale no estoy de acuerdo con de discrecionalidad con la que se manipula la información cambiando criterios de imputación y exposición en dos ejercicios consecutivos sin informar motivos y sin simular el impacto de dichas modificaciones para adjuntar en el informe. Todos los que estamos relacionados con la contabilidad sabemos de la gravedad que significa lo anteriormente expuesto.
Por lo tanto, como la sugerencia del auditor de gestión para que se trabaje en serio: “Lo que urge es la derogación lisa y llana de la Ordenanza 5089 y una modificación de la ordenanza 1511, con el fin de armonizar y modernizar las reglas de imputación y disminuir los márgenes de discrecionalidad.
Si bien no existe un marco conceptual contable de aplicación específica para la Administración Pública.
La Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas a través de su Centro de Estudios Científicos y Técnicos, elaboro recomendación técnica del sector de la administración pública y considerando que resulta ventajoso lograr una información contable consistente, homogénea y comparable entre los gobiernos nacional, provincial y municipal, se considera necesario tomar el marco conceptual contable específico para la Administración Pública
ESTE PARTICULAR LLEVA A OTRA DEFICIENCIA IMPORTANTE QUE ES LA FALTA DE INFORMACIÓN
A pesar de que estamos tratando en comisión un proyecto de ordenanza sobre el acceso a la información pública presentado por el Concejal Omar Ruiz, nos encontramos con una negativa constante a la hora de querer acceder a la misma. Es contradictorio.
El Auditor de Gestión solicito al Poder Ejecutivo 7 informes de los cuales pedí que se me remita copia solo de dos informes, el informe breve de los criterios de Imputación utilizado sobre obligaciones Devengadas por sueldos y salarios diciembre 2013/14/15 y el otro informe solicitado se refiere al stock de acreencias a cobrar por las diferentes tasas y contribuciones al 31/12/2015. Esta última esta entre las recomendaciones del Auditor en su apartado 18 inciso K) donde expresamente manifiesta que en relación a los derechos y acreencias se sugiere la inclusión de un Anexo a la Cuenta General del Ejercicio conteniendo el stock de acreencias del Municipio.
En síntesis, se me negó el acceso a los dos informes, no entiendo cuál es el sentido a ocultar información. Quizás entorpecer la labor de la minoría, quizás pasa algo más grave aún.
El acceso a la información pública en todas las áreas del Estado, es una herramienta fundamental para la lucha contra la corrupción y es por ello que a nivel nacional se encuentra en agenda la ley de acceso a la información pública. Desde Carlos Paz Unido sería importante dejar de obstaculizar el acceso a la información, y no solo desde la normativa sino desde el accionar, porque si no queda la letra muerta de buenas intenciones que no se plasman en el accionar concreto.
Un hecho grave que refleja el accionar de este gobierno y que se encuentra en consonancia a no proporcionar información es la
CUENTA ESPECÍFICA DE AFECTACIÓN TURÍSTICA
Según los cuadros Anexos a la Cuenta General del Ejercicio.
El cuadro muestra ingresos por $ 7.679.773,12 y egresos por $ 15.761.379,27 ósea que arroja un saldo negativo de 8 millones.
Pero cuando vamos a controlar el correlato en la ejecución presupuestaria nos encontramos que las cuentas de obra de interés turístico (Partidas 37.74.740 y 37.71.710) cuentan con un monto de Presupuesto autorizado de $ 4.500.000 y una ejecución de $ 383.216-.
¿En que se gastaron 15,7 millones?, como exprese anteriormente en la ejecución solo se justifica 383 mil pesos, espero que se encuentren debidamente justificados estos 15 millones y que no se trate de la utilización de fondos específicos de manera arbitraria para otras cosas, porque se fuera así deberíamos estar hablando de una posible malversación de fondos.
En la Memoria en ningún momento se mencionan obras relacionadas a infraestructura turística busque las ordenanzas aprobadas y tampoco encontré alguna que hiciera referencia a este tema.
Solicite a los Concejales Oficialistas de Carlos Paz Unido que vuelva a comisión el punto en referencia y que el Secretario de economía o quien corresponda remita las órdenes de pago que justifiquen las erogaciones de todas las cuentas específicas, para verificar esta información.
Lamentablemente los Concejales Avilesistas ante el mandato del Departamento Ejecutivo Municipal no aceptaron mi propuesta y fue aprobado este balance 2015 con todas las deficiencias antes expuestas.
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